jueves, 8 de noviembre de 2012
METODO ANTICONCEPTIVO NATURAL Y NO NATURAL
Los llamados métodos naturales han acompañado a la humanidad por siglos. Se les considera menos efectivos que los anticonceptivos modernos, entre los que destacan la píldora, los dispositivos intrauterinos y el preservativo, pero su poca efectividad es en realidad el efecto de otros factores, como la mala alimentación y la falta de disciplina

PATERNIDAD RESPONSABLE
La paternidad es el asumir ser padre o madre. Éste debe ser un proceso
consciente y responsable, lo que implica velar por el desarrollo integral de los hijos: proporcionarles el cuidado de la salud, formación, educación y afecto, de modo que los hijos se integren a la sociedad como adultos sanos.
PATERNIDAD RESPONSABLE es una actitud de compromiso profundo asumido por la pareja, referida a su capacidad de transmitir la vida a otro ser y de entender que el desarrollo del hijo es una tarea común del padre y de la madre.
La paternidad no se limita a la función biológica de transmisión de la vida. Es una expresión del amor entre un hombre y una mujer, la cristalización del amor de pareja, sostenido en su profunda unión.
Los padres al formar una familia, debieran considerar los siguientes aspectos:
- Dar vida y recibirla es un hecho de máxima trascendencia y, como tal, implica una responsabilidad que debe ser asumida y compartida por la pareja.
- Se deben reunir ciertas condiciones de salud y de madurez, tanto individual como de pareja, parca alcanzar plenamente el papel de padres.
- Hay que suministrar a los hijos los medios materiales necesarios para que puedan desarrollarse en forma integral.
En los adolescentes la capacidad biológica para ser padres aparece antes que la aptitud y responscibilidad para asumirla; por lo tanto:
Formando una familia
La familia es una comunidad que surge del matrimonio entre un hombre y una
mujer, bc[sado en el amor mutuo que lo hará durable. Es en este amor conyugal donde se apoya toda la responsabilidad de ser una familia.
LA FAMILIA es la unidad básica de la sociedad humana, y núcleo fundamental de la vida afectiva y moral de las personas.
La familia constituye el pilar fundamental de la existencia humcina. Veamos algunas características del amor conyugal:
· Es humano. Esto significa que es sensible y espiritual al mismo tiempo, destinado a mantenerse y a crecer a través de las alegrías y Ias tristezas de la vida diaria.
· Es total. Es una forma especial de amistad en la que se comparte todo sin reservas o cálculos egoístas. Quien ama a su cónyuge lo ama por sí mismo.
· Es fecundo. Está destinado a tener y a educar a sus hijos
consciente y responsable, lo que implica velar por el desarrollo integral de los hijos: proporcionarles el cuidado de la salud, formación, educación y afecto, de modo que los hijos se integren a la sociedad como adultos sanos.
PATERNIDAD RESPONSABLE es una actitud de compromiso profundo asumido por la pareja, referida a su capacidad de transmitir la vida a otro ser y de entender que el desarrollo del hijo es una tarea común del padre y de la madre.
La paternidad no se limita a la función biológica de transmisión de la vida. Es una expresión del amor entre un hombre y una mujer, la cristalización del amor de pareja, sostenido en su profunda unión.
Los padres al formar una familia, debieran considerar los siguientes aspectos:
- Dar vida y recibirla es un hecho de máxima trascendencia y, como tal, implica una responsabilidad que debe ser asumida y compartida por la pareja.
- Se deben reunir ciertas condiciones de salud y de madurez, tanto individual como de pareja, parca alcanzar plenamente el papel de padres.
- Hay que suministrar a los hijos los medios materiales necesarios para que puedan desarrollarse en forma integral.
En los adolescentes la capacidad biológica para ser padres aparece antes que la aptitud y responscibilidad para asumirla; por lo tanto:
Formando una familia
La familia es una comunidad que surge del matrimonio entre un hombre y una
mujer, bc[sado en el amor mutuo que lo hará durable. Es en este amor conyugal donde se apoya toda la responsabilidad de ser una familia.
LA FAMILIA es la unidad básica de la sociedad humana, y núcleo fundamental de la vida afectiva y moral de las personas.
La familia constituye el pilar fundamental de la existencia humcina. Veamos algunas características del amor conyugal:
· Es humano. Esto significa que es sensible y espiritual al mismo tiempo, destinado a mantenerse y a crecer a través de las alegrías y Ias tristezas de la vida diaria.
· Es total. Es una forma especial de amistad en la que se comparte todo sin reservas o cálculos egoístas. Quien ama a su cónyuge lo ama por sí mismo.
· Es fecundo. Está destinado a tener y a educar a sus hijos
SEXUALIDAD BUENA O MALA
Existen diferentes formas de ver la sexualidad. De acuerdo a cómo la persona entienda la sexualidad, actuará en su vida de pareja. En nuestra sociedad se da un fenómeno contrastante. Por un lado se trata a la sexualidad con desprecio y se la oculta, como si fuera una parte mala o total y absolutamente impura de la vida de la persona. Según este modelo, el hombre ve a la sexualidad como sus "bajos instintos" que deben ser satisfechos a toda costa. En cambio la mujer la ve como algo sucio e impuro, en la que manda el varón y que está destinada a un solo fin (esta misma concepción está de fondo en una cierta "división de roles" en las mujeres: si se es esposa "decente", la sexualidad sólo está para los hijos; si se es "querida", la sexualidad está para el placer). En ninguno de los dos casos se la considera como momento de comunicación de amor entre dos personas.
Existe, por otro lado, un extremo aparentemente opuesto. Es el de "mostrar todo" y "tratar todo abiertamente". Las mujeres se muestran desnudas hasta en las tapas de las revistas. Las parejas van a programas de televisión y dicen "abiertamente" lo que supuestamente les pasa. Parece que este es un extremo beneficioso, porque por fin se saca a la superficie lo que estaba oculto. Pero veamos qué hay de fondo en todo esto.
En realidad no cambia la forma de ver la sexualidad. En los dos extremos, de fondo, está la misma idea errada acerca de la sexualidad. Los dos extremos provienen de considerar al sexo como una parte mala, morbosa y pecaminosa de la persona. Los primeros lo ocultan, los segundos lo gritan a los cuatro vientos, pero en realidad no mejora su forma de ver las cosas.
Por eso tenemos que buscar una nueva forma de ver la sexualidad, que supere todos los tabúes y que la ponga en su verdadero lugar, como una de las más altas muestras de la dignidad de la persona humana.
Para ello debemos partir por derribar el mito de que la sexualidad es siempre mala (a veces un mal necesario y placentero, pero mala al fin). La sexualidad no es mala, es buena (por tanto el sexo también es bueno). Pero para entender por qué y de qué forma es buena, tenemos que entender qué es sexualidad y qué no es sexualidad.
Lo primero que tenemos que decir es que la sexualidad es parte de toda la persona, no solamente de sus genitales. Todo lo que se hace en sexualidad no se lo hace solamente al cuerpo, se lo hace a una persona. Una caricia, una mano, el amor de los esposos puede hacer a otra persona recobrar su conciencia de ser valioso. Pero pisotear el derecho a la intimidad de una persona en lo relativo a la sexualidad es pisotear sus derechos humanos. Nunca es el contacto de un cuerpo con otro cuerpo. Siempre es el contacto de una persona con otra persona, las dos igualmente valiosas.
Existe, por otro lado, un extremo aparentemente opuesto. Es el de "mostrar todo" y "tratar todo abiertamente". Las mujeres se muestran desnudas hasta en las tapas de las revistas. Las parejas van a programas de televisión y dicen "abiertamente" lo que supuestamente les pasa. Parece que este es un extremo beneficioso, porque por fin se saca a la superficie lo que estaba oculto. Pero veamos qué hay de fondo en todo esto.
En realidad no cambia la forma de ver la sexualidad. En los dos extremos, de fondo, está la misma idea errada acerca de la sexualidad. Los dos extremos provienen de considerar al sexo como una parte mala, morbosa y pecaminosa de la persona. Los primeros lo ocultan, los segundos lo gritan a los cuatro vientos, pero en realidad no mejora su forma de ver las cosas.
Por eso tenemos que buscar una nueva forma de ver la sexualidad, que supere todos los tabúes y que la ponga en su verdadero lugar, como una de las más altas muestras de la dignidad de la persona humana.
Para ello debemos partir por derribar el mito de que la sexualidad es siempre mala (a veces un mal necesario y placentero, pero mala al fin). La sexualidad no es mala, es buena (por tanto el sexo también es bueno). Pero para entender por qué y de qué forma es buena, tenemos que entender qué es sexualidad y qué no es sexualidad.
Lo primero que tenemos que decir es que la sexualidad es parte de toda la persona, no solamente de sus genitales. Todo lo que se hace en sexualidad no se lo hace solamente al cuerpo, se lo hace a una persona. Una caricia, una mano, el amor de los esposos puede hacer a otra persona recobrar su conciencia de ser valioso. Pero pisotear el derecho a la intimidad de una persona en lo relativo a la sexualidad es pisotear sus derechos humanos. Nunca es el contacto de un cuerpo con otro cuerpo. Siempre es el contacto de una persona con otra persona, las dos igualmente valiosas.
FAMILIA
La familia, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es el elemento natural y fundamental de la sociedad, y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.[1] Los lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio[2] —que, en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos personas mientras que en otras es posible la poligamia—, y vínculos de consanguinidad, como la filiación entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que descienden de un mismo padre. También puede diferenciarse la familia según el grado de parentesco entre sus miembros.
No hay consenso sobre la definición de la familia. Jurídicamente está definida por algunas leyes, y esta definición suele darse en función de lo que cada ley establece como matrimonio. La familia nuclear moderna no es el único modelo de familia como tal, sino que se encuentra legitimada como modelo hegemónico de lo que se impone culturalmente como normal. Las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo de factores sociales, culturales, económicos y afectivos. La familia, como cualquier institución social, tiende a adaptarse al contexto de una sociedad. Esto explica, por ejemplo, el alto número de familias extensas en las sociedades tradicionales, el aumento de familias monoparentales en las sociedades industrializadas y el reconocimiento legal de las familias homoparentales en aquellas sociedades cuya legislación ha reconocido el matrimonio homosexual.
Las familias están clasificadas en los siguientes tipos:
No hay consenso sobre la definición de la familia. Jurídicamente está definida por algunas leyes, y esta definición suele darse en función de lo que cada ley establece como matrimonio. La familia nuclear moderna no es el único modelo de familia como tal, sino que se encuentra legitimada como modelo hegemónico de lo que se impone culturalmente como normal. Las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo de factores sociales, culturales, económicos y afectivos. La familia, como cualquier institución social, tiende a adaptarse al contexto de una sociedad. Esto explica, por ejemplo, el alto número de familias extensas en las sociedades tradicionales, el aumento de familias monoparentales en las sociedades industrializadas y el reconocimiento legal de las familias homoparentales en aquellas sociedades cuya legislación ha reconocido el matrimonio homosexual.
Las familias están clasificadas en los siguientes tipos:
- Familia nuclear, formada por la madre, el padre y su descendencia.
- Familia extensa, formada por parientes cuyas relaciones no son únicamente entre padres e hijos. Una familia extensa puede incluir abuelos, tíos, primos y otros parientes consanguíneos o afines.
- Familia monoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) solo con uno de sus padres.
- Familia homoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) con una pareja homosexual.
- Familia ensamblada, en la que está compuesta por agregados de dos o más familias (ejemplo: madre sola con sus hijos se junta con padre viudo con sus hijos), y otros tipos de familias, aquellas conformadas únicamente por hermanos, por amigos (donde el sentido de la palabra "familia" no tiene que ver con un parentesco de consanguinidad, sino sobre todo con sentimientos como la convivencia, la solidaridad y otros), etcétera, quienes viven juntos en el mismo espacio por un tiempo considerable.
ESCUELA
La comunidad de la escuela constituye un valioso recurso
educativo que puede ser empleado en el desarrollo de los programas escolares,
como vía para fomentar en los estudiantes el cuidado y protección del entorno
comunitario, así como fortalecer sentimientos de pertenencia hacia el lugar de
origen. Es por ello que la escuela debe enfrentar el reto de estructurar el
currículo teniendo en cuenta las potencialidades que ofrece el contexto local.
La propuesta que se ofrece para el tratamiento de la
comunidad de la escuela en la contextualización del currículo a partir de las
potencialidades del contexto local, parte del estudio dichas potencialidades
así como el tratamiento metodológico de los contenidos que permitan el vínculo.
La propuesta está dirigida a lograr introducir un cambio en el sistema de
trabajo de la escuela de modo que se haga realidad en la práctica escolar.
Palabras claves: comunidad, educación comunitaria,
currículo, contexto local, contextualización, medio ambiente, didáctica, diseño
curricular.
martes, 6 de noviembre de 2012
NARCOTRAFICO
El narcotráfico es una actividad con múltiples etapas ilegal y globalizada que radica en el cultivo, fabricación, distribución de etapas comerciales, control de mercados , venta de drogas ilegales y reciclaje de utilidades inherentes. Mientras que ciertas drogas son de venta y posesión legal (ciertos fármacos que la contienen, además: tabaco, alcohol, café, etc), en la mayoría de los países la ley prohíbe la venta e incluso el ofrecer o poseer de algunos tipos de drogas. El narcotráfico opera de manera similar a otros mercados subterráneos. Varios cárteles de drogas se especializan en procesos separados a lo largo de la cadena de suministro, a menudo focalizados para maximizar su eficiencia. Dependiendo de la rentabilidad de cada parte del proceso, los carteles varían en tamaño, consistencia y organización. La cadena va desde los traficantes callejeros de bajo rango, quienes a veces son consumidores de drogas ellos mismos, también llamados "camellos", a los jefes de los carteles que controlan y dominan la producción y distribución. Estos son los que, junto a los intermediarios financieros que les ayudan a 'potabilizar' el dinero conseguido, dominan el bajo mundo de las drogas. Estas se comercializan por intermediarios que podríamos considerar semejantes a contratistas. Estos imperios multinacionales rivalizan en tamaño con los estados nacionales. Se involucran en elecciones, infiltran aparatos de Estado y los medios masivos de comunicación y conviven con algunos agentes de la banca y de la industria formal (la raíz "narco" proviene del griego grob, «sopor», somnolencia)
La mayor parte de las sustancias estupefacientes producidas en el mundo se cultiva en países de Sudamérica, Sureste Asiático y Oriente Medio), y después se introduce de contrabando en los países consumidores. Tradicionalmente, Estados Unidos y Europa han tendido a imponer restrictivas políticas de «tolerancia cero» a los países productores. Sin embargo, los cultivos de Erythroxylum coca, adormidera o cannabis son indispensables para la fabricación de alimentos, bebidas y medicamentos en todo el mundo, y un sostén económico para las regiones productoras. Por otro lado, sustancias psicotrópicas tales como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), cuyo consumo va en disminución; las anfetaminas y otras sustancias psicotrópicas de diseño y composición sintética o semisintética, como el "éxtasis" (MDMA), son producidas en laboratorios, principalmente en países desarrollados, y están sustituyendo a las drogas tradicionales como la cocaína.
La mayor parte de las sustancias estupefacientes producidas en el mundo se cultiva en países de Sudamérica, Sureste Asiático y Oriente Medio), y después se introduce de contrabando en los países consumidores. Tradicionalmente, Estados Unidos y Europa han tendido a imponer restrictivas políticas de «tolerancia cero» a los países productores. Sin embargo, los cultivos de Erythroxylum coca, adormidera o cannabis son indispensables para la fabricación de alimentos, bebidas y medicamentos en todo el mundo, y un sostén económico para las regiones productoras. Por otro lado, sustancias psicotrópicas tales como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), cuyo consumo va en disminución; las anfetaminas y otras sustancias psicotrópicas de diseño y composición sintética o semisintética, como el "éxtasis" (MDMA), son producidas en laboratorios, principalmente en países desarrollados, y están sustituyendo a las drogas tradicionales como la cocaína.
PENA DE MUERTE EN MEXICO
Instaurar la pena de muerte en México, tal como sugieren el gobernador de
Coahuila, Humberto Moreira, y la mayoría del Congreso local, suscita demasiadas
ideas. La fundamental es que la nuestra es una nación donde la justicia es papel
y no realidad. Valores asociados a la justicia como democracia, ética, salud,
casa, ausencia de miseria y oportunidades de desarrollo similares son,
nuevamente, papel y no realidad.
Proponer y, en su caso, aprobar la pena de muerte en países injustos conlleva demasiados peligros. El sesgo es uno: se reproducirían los errores existentes y se condenaría a quienes no puedan birlar la justicia o a quienes sean incapaces de comprarla. Un repaso de las historias de los prófugos de la justicia en México, y de muchas personas que han sido encarceladas por no contar con los medios suficientes para defenderse son testimonios vivos del sesgo judicial.
El sesgo, en países injustos como México, implica otros riesgos. Uno es que se incremente la polarización de la sociedad. Ignoro cuánto tiempo falta para que las diferencias comunitarias, ya de por sí muy avanzadas, se conviertan en enfermedad incontrolable, pero seguramente es poco. El “orden social”, cuya carta de presentación podría resumirse en las matanzas cotidianas, 20 o 30 asesinatos por día, y que, sorprendentemente, aún protege a algunos segmentos de la sociedad, no puede mantenerse indefinidamente. La aplicación de la pena de muerte podría ser un nuevo factor contra el precario “orden social” y ser el acicate para que los últimos hilos que mantienen el status quo en la sociedad sigan deshilachándose. El incremento del odio y de la desconfianza de las comunidades empobrecidas y víctimas de tanta injusticia podría aflorar como respuesta a la pena de muerte.
Otros factores deben considerarse. La propuesta de la aplicación de la pena de muerte del gobernador de Coahuila tiene otros agravantes. De acuerdo con su visión, y la del Congreso local, las ejecuciones estarían dirigidas exclusivamente contra los secuestradores. Nuevamente aflora el sesgo: ¿por qué esa selectividad? No menos siniestros que los secuestradores son los narcotraficantes o la policía corrupta, cómplice y partícipe, que asesina con saña inaudita, ni menos negra es la historia de los políticos, algunos de ellos vivos, ejecutores de las matanzas estudiantiles de 1968 y 1971. En la misma y execrable posición están quienes perpetraron las masacres de Acteal, de El Bosque y de tantos otros rincones de nuestra espléndida geografía terrenal, que nada tiene que ver con nuestra infame geografía política. La “selectividad poblacional” en propuestas como la de la pena de muerte es inadecuada, porque, nuevamente, es sinónimo de sesgo.
Proponer y, en su caso, aprobar la pena de muerte en países injustos conlleva demasiados peligros. El sesgo es uno: se reproducirían los errores existentes y se condenaría a quienes no puedan birlar la justicia o a quienes sean incapaces de comprarla. Un repaso de las historias de los prófugos de la justicia en México, y de muchas personas que han sido encarceladas por no contar con los medios suficientes para defenderse son testimonios vivos del sesgo judicial.
El sesgo, en países injustos como México, implica otros riesgos. Uno es que se incremente la polarización de la sociedad. Ignoro cuánto tiempo falta para que las diferencias comunitarias, ya de por sí muy avanzadas, se conviertan en enfermedad incontrolable, pero seguramente es poco. El “orden social”, cuya carta de presentación podría resumirse en las matanzas cotidianas, 20 o 30 asesinatos por día, y que, sorprendentemente, aún protege a algunos segmentos de la sociedad, no puede mantenerse indefinidamente. La aplicación de la pena de muerte podría ser un nuevo factor contra el precario “orden social” y ser el acicate para que los últimos hilos que mantienen el status quo en la sociedad sigan deshilachándose. El incremento del odio y de la desconfianza de las comunidades empobrecidas y víctimas de tanta injusticia podría aflorar como respuesta a la pena de muerte.
Otros factores deben considerarse. La propuesta de la aplicación de la pena de muerte del gobernador de Coahuila tiene otros agravantes. De acuerdo con su visión, y la del Congreso local, las ejecuciones estarían dirigidas exclusivamente contra los secuestradores. Nuevamente aflora el sesgo: ¿por qué esa selectividad? No menos siniestros que los secuestradores son los narcotraficantes o la policía corrupta, cómplice y partícipe, que asesina con saña inaudita, ni menos negra es la historia de los políticos, algunos de ellos vivos, ejecutores de las matanzas estudiantiles de 1968 y 1971. En la misma y execrable posición están quienes perpetraron las masacres de Acteal, de El Bosque y de tantos otros rincones de nuestra espléndida geografía terrenal, que nada tiene que ver con nuestra infame geografía política. La “selectividad poblacional” en propuestas como la de la pena de muerte es inadecuada, porque, nuevamente, es sinónimo de sesgo.
DERECHOS COLECTIVOS
El término derechos colectivos se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para algunos autores, los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación (ver derechos humanos).
El derecho de autodeterminación de los pueblos tendría su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial. El tratado de Versalles (1919) no fue una aplicación de dicho principio, pero sí que hubo referenda de autodeterminación en diferentes territorios europeos en el periodo de entreguerras, (por ejemplo, el Sarre).
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.
No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de libre determinación de los pueblos en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social. La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII (Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios.
Este es un tema controvertido, particularmente cuando los derechos colectivos entran en conflicto con los derechos individuales. Como con todas las demás clases de derechos, se debate si los derechos colectivos realmente existen, y en el caso de existir, cuáles son realmente (además de el de autodeterminación).
Otra controversia la suscita la calificación de determinados derechos sociales como la huelga o la negociación colectiva, que para algunos son derechos colectivos, mientras que para la opinión más extendida son derechos individuales ejercidos colectivamente.
El derecho de autodeterminación de los pueblos tendría su primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que pretendía acabar con la Primera Guerra Mundial. El tratado de Versalles (1919) no fue una aplicación de dicho principio, pero sí que hubo referenda de autodeterminación en diferentes territorios europeos en el periodo de entreguerras, (por ejemplo, el Sarre).
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.
No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de 1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el concepto de libre determinación de los pueblos en el artículo 1, dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social. La autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII (Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios.
Este es un tema controvertido, particularmente cuando los derechos colectivos entran en conflicto con los derechos individuales. Como con todas las demás clases de derechos, se debate si los derechos colectivos realmente existen, y en el caso de existir, cuáles son realmente (además de el de autodeterminación).
Otra controversia la suscita la calificación de determinados derechos sociales como la huelga o la negociación colectiva, que para algunos son derechos colectivos, mientras que para la opinión más extendida son derechos individuales ejercidos colectivamente.
DERECHOS HUMANOS REVOLUCION FRANCESA
La Revolución francesa fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema conocido como el Antiguo Régimen. Se inició con la autoproclamación del Tercer Estado como Asamblea Nacional en 1789 y finalizó con el golpe de estado de Napoleón Bonaparte en 1799.
Si bien la organización política de Francia osciló entre república, imperio y monarquía constitucional durante 71 años después de que la Primera República cayera tras el golpe de Estado de Napoleón Bonaparte, lo cierto es que la revolución marcó el final definitivo del absolutismo y dio a luz a un nuevo régimen donde la burguesía, y en algunas ocasiones las masas populares, se convirtieron en la fuerza política dominante en el país. La revolución socavó las bases del sistema monárquico como tal, más allá de sus estertores, en la medida en que lo derrocó con un discurso capaz de volverlo ilegítimo.
Los escritores del siglo XVIII, filósofos, politólogos, científicos y economistas, denominados philosophes, y desde 1751 enciclopedistas, contribuyeron a minar las bases del Derecho Divino de los reyes. Pero ya en el racionalismo de René Descartes podría quizá encontrarse el fundamento filosófico de la Revolución. De este modo, la sola proposición «Pienso, luego existo» llevaría implícito el proceso contra Luis XVI[cita requerida].
La corriente de pensamiento vigente en Francia era la Ilustración, cuyos principios se basaban en la razón, la igualdad y la libertad. La Ilustración había servido de impulso a las Trece Colonias norteamericanas para la independencia de su metrópolis europea. Tanto la influencia de la Ilustración como el ejemplo de los Estados Unidos sirvieron de «trampolín» ideológico para el inicio de la revolución en Francia.
En términos generales fueron varios los factores que influyeron en la Revolución: un régimen monárquico que sucumbiría ante su propia rigidez en el contexto de un mundo cambiante; el surgimiento de una clase burguesa que nació siglos atrás y que había alcanzado un gran poder en el terreno económico y que ahora empezaba a propugnar el político; el descontento de las clases populares; la expansión de las nuevas ideas ilustradas; la crisis económica que imperó en Francia tras las malas cosechas agrícolas y los graves problemas hacendísticos causados por el apoyo militar a la Guerra de Independencia de los Estados Unidos. Esta intervención militar se convertiría en arma de doble filo, pues, pese a ganar Francia la guerra contra Gran Bretaña y resarcirse así de la anterior derrota en la Guerra de los Siete Años, la hacienda quedó en bancarrota y con una importante deuda externa. Los problemas fiscales de la monarquía, junto al ejemplo de democracia del nuevo Estado emancipado precipitaron los acontecimientos.
Desde el punto de vista político, fueron fundamentales ideas tales como las expuestas por Voltaire, Rousseau o Montesquieu (como por ejemplo, los conceptos de libertad política, de fraternidad y de igualdad, o de rechazo a una sociedad dividida, o las nuevas teorías políticas sobre la separación de poderes del Estado). Todo ello fue rompiendo el prestigio de las instituciones del Antiguo Régimen, ayudando a su desplome.
Desde el punto de vista económico, la inmanejable deuda del Estado fue exacerbada por un sistema de extrema desigualdad social y de altos impuestos que los estamentos privilegiados, nobleza y clero no tenían obligación de pagar, pero que sí oprimía al resto de la sociedad. Hubo un aumento de los gastos del Estado simultáneo a un descenso de la producción agraria de terratenientes y campesinos, lo que produjo una grave escasez de alimentos en los meses precedentes a la Revolución. Las tensiones, tanto sociales como políticas, mucho tiempo contenidas, se desataron en una gran crisis económica a consecuencia de los dos hechos puntuales señalados: la colaboración interesada de Francia con la causa de la independencia estadounidense (que ocasionó un gigantesco déficit fiscal) y el aumento de los precios agrícolas.
El conjunto de la población mostraba un resentimiento generalizado dirigido hacia los privilegios de los nobles y del alto clero, que mantenían su dominio sobre la vida pública impidiendo que accediera a ella una pujante clase profesional y comerciante. El ejemplo del proceso revolucionario estadounidense abrió los horizontes de cambio político entre otros.
Si bien la organización política de Francia osciló entre república, imperio y monarquía constitucional durante 71 años después de que la Primera República cayera tras el golpe de Estado de Napoleón Bonaparte, lo cierto es que la revolución marcó el final definitivo del absolutismo y dio a luz a un nuevo régimen donde la burguesía, y en algunas ocasiones las masas populares, se convirtieron en la fuerza política dominante en el país. La revolución socavó las bases del sistema monárquico como tal, más allá de sus estertores, en la medida en que lo derrocó con un discurso capaz de volverlo ilegítimo.
Los escritores del siglo XVIII, filósofos, politólogos, científicos y economistas, denominados philosophes, y desde 1751 enciclopedistas, contribuyeron a minar las bases del Derecho Divino de los reyes. Pero ya en el racionalismo de René Descartes podría quizá encontrarse el fundamento filosófico de la Revolución. De este modo, la sola proposición «Pienso, luego existo» llevaría implícito el proceso contra Luis XVI[cita requerida].
La corriente de pensamiento vigente en Francia era la Ilustración, cuyos principios se basaban en la razón, la igualdad y la libertad. La Ilustración había servido de impulso a las Trece Colonias norteamericanas para la independencia de su metrópolis europea. Tanto la influencia de la Ilustración como el ejemplo de los Estados Unidos sirvieron de «trampolín» ideológico para el inicio de la revolución en Francia.
En términos generales fueron varios los factores que influyeron en la Revolución: un régimen monárquico que sucumbiría ante su propia rigidez en el contexto de un mundo cambiante; el surgimiento de una clase burguesa que nació siglos atrás y que había alcanzado un gran poder en el terreno económico y que ahora empezaba a propugnar el político; el descontento de las clases populares; la expansión de las nuevas ideas ilustradas; la crisis económica que imperó en Francia tras las malas cosechas agrícolas y los graves problemas hacendísticos causados por el apoyo militar a la Guerra de Independencia de los Estados Unidos. Esta intervención militar se convertiría en arma de doble filo, pues, pese a ganar Francia la guerra contra Gran Bretaña y resarcirse así de la anterior derrota en la Guerra de los Siete Años, la hacienda quedó en bancarrota y con una importante deuda externa. Los problemas fiscales de la monarquía, junto al ejemplo de democracia del nuevo Estado emancipado precipitaron los acontecimientos.
Desde el punto de vista político, fueron fundamentales ideas tales como las expuestas por Voltaire, Rousseau o Montesquieu (como por ejemplo, los conceptos de libertad política, de fraternidad y de igualdad, o de rechazo a una sociedad dividida, o las nuevas teorías políticas sobre la separación de poderes del Estado). Todo ello fue rompiendo el prestigio de las instituciones del Antiguo Régimen, ayudando a su desplome.
Desde el punto de vista económico, la inmanejable deuda del Estado fue exacerbada por un sistema de extrema desigualdad social y de altos impuestos que los estamentos privilegiados, nobleza y clero no tenían obligación de pagar, pero que sí oprimía al resto de la sociedad. Hubo un aumento de los gastos del Estado simultáneo a un descenso de la producción agraria de terratenientes y campesinos, lo que produjo una grave escasez de alimentos en los meses precedentes a la Revolución. Las tensiones, tanto sociales como políticas, mucho tiempo contenidas, se desataron en una gran crisis económica a consecuencia de los dos hechos puntuales señalados: la colaboración interesada de Francia con la causa de la independencia estadounidense (que ocasionó un gigantesco déficit fiscal) y el aumento de los precios agrícolas.
El conjunto de la población mostraba un resentimiento generalizado dirigido hacia los privilegios de los nobles y del alto clero, que mantenían su dominio sobre la vida pública impidiendo que accediera a ella una pujante clase profesional y comerciante. El ejemplo del proceso revolucionario estadounidense abrió los horizontes de cambio político entre otros.
VILOENCIA INFANTIL
La violencia Infantil puede producirse No solamente en familia evidentemente disfuncionales sino que está presente en todos los estamentos de la sociedad.
El origen de la violencia infantil puede ser dividido en cuatro categorías:
1. - Crueldad inspirada en conceptos exagerados de disciplina infantil y en base a sus funciones que se resultan ser sujetos profundamente inadecuados e irresponsables: alcohólicos, drogadictos, criminales o delincuentes, débiles mentales etc.
2. - Actos de violencia infantil o negligencia cometidos por padres o adultos ejerciendo rígidas interpretaciones de la autoridad y de normas y reglas de conducta infantil.
3. - Crueldad patológica cuyos oscuros orígenes mentales o psicólogos son muy difíciles de identificar y todavía mas de tratar.
4. - La crueldad más intangible de todas, la crueldad oficial o la organizada, aquella que se comete por ignorancia, por insensibilidad o por omisión en la forma de falta de legislación infantil o de cumplimiento de la misma que proteja adecuadamente al menor.
El maltrato infantil se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.Magnitud del problema
El maltrato infantil es un problema mundial con graves consecuencias que pueden durar toda la vida. No hay estimaciones fiables de la prevalencia mundial del maltrato infantil, pues no hay datos acerca de la situación existente en muchos países, especialmente los de ingresos bajos y medianos.El maltrato infantil es complejo y su estudio resulta difícil. Las estimaciones actuales son muy variables, dependiendo del país y del método de investigación utilizado. Dichas estimaciones dependen de:
- las definiciones de maltrato infantil utilizadas;
- el tipo de maltrato infantil estudiado;
- la cobertura y la calidad de las estadísticas oficiales;
- la cobertura y la calidad de las encuestas basadas en los informes de las propias víctimas, los padres o los cuidadores.
AVERRACIONES SEXUALES PEDOFILIA Y NECROFILIA
LA PEDOFILIA
La pedofilia es un
rasgo multifactorial en la personalidad del que la padece, y se compone de
aspectos mentales, institucionales, de actividad, de educación sexual, de
violencia, de control de las pulsiones, etc. En este sentido, se suelen
distinguir dos tipos de pedofilia, una primaria o esencial, muy arraigada en el
sujeto, y otra secundaria (u otras), que aparecería motivada por factores
circunstanciales.
Por lo demás, en
determinados casos en que la relación entre el pedófilo y el menor se prolonga
en el tiempo, puede haber por parte del adulto un enamoramiento real con esa
persona a la que él considera como su joven pareja, sobre todo cuando esta se halla
en la edad.
LA NECROFILIA
Literalmente se entiende por necrofilia "amor a los
muertos". La palabra necrofilia es de origen griego y significa atracción
por los muertos.
Algunos autores refieren que es la obtención de placer
sexual con cadáveres, generalmente por medio de la cópula con o sin mutilación
subsiguiente. Otros, definen la necrofilia como el acoplamiento más o menos
completo de un hombre con un cadáver de mujer más o menos fresco. Y por ultimo
encontramos que la necrofilia consiste en hallar el máximo placer, cuando no el
placer exclusivo, por medio de tocamientos y fogosidades con personas ya
fallecidas. O sea, la necrofilia es la excitación sexual provocada por la
contemplación, el contacto, la mutilación o la evocación mental de un cadáver.
De lo anterior se deriva que la necrofilia es
"ocasional" cuando alguien con tendencias necrofilas coincide con un
cadáver que le atrae y hace lo que puede con él por las vía natural o anal. Es
"SADICA" cuando primero mata a la víctima para copular post-mortem
con el cadáver.
Si la víctima primero es asesinada y posteriormente violada,
el acto en sí constituye un sadismo extremo, siendo el objeto sexual un
fetiche.Si el cadáver es violado directamente eso implica que la patología es
un trastorno profundo de la personalidad y frecuentemente de la percepción del
mundo de parte del agresor, en quien es común que se aloje una psicosis o algún
otro tipo de trastorno mental grave.
Los sujetos necrofilicos padecen una patología de la
identificación de la imagen de la pareja sexual, que a menudo se acompaña de
otros trastornos del comportamiento. Esta parafilia es rara.
Los necrófilos corren riesgos considerables al desenterrar
los cadáveres de sus tumbas, pues se arriesgan al contacto con focos de
infección bacteriológica y flora/fauna cadavérica.
ENFERMEDADES DE TRANSMICION SEXUAL
Las enfermedades de transmisión sexual, anteriormente conocidas como enfermedades venéreas, son un grupo de enfermedades que se contagian durante las relaciones sexuales sin protección.
Son causadas por virus, bacterias, hongos y otros gérmenes microscópicos.
Una persona infectada puede seguir propagando la enfermedad sin saber que lo hace, porque puede estar sin síntomas y la infección puede pasar desapercibida.
Atacan a personas de cualquier edad y sexo, pero los adolescentes y adultos jóvenes son los que están en mayor riesgo de contagiarse. Las más conocidas son:
Si no se evitan o tratan rápidamente ocasionan esterilidad, enfermedades crónicas e incluso la muerte.
Las condiciones que favorecen su contagio son:
No es necesaria la penetración anal o vaginal para contagiarse, es suficiente el roce y tocamiento de los genitales para infectarse.
Antes de la eyaculación masculina existe salida de líquido preseminal que también es potencialmente infectante. Una persona puede tener dos o más enfermedades en un mismo momento de la vida.
El tratamiento de una enfermedad de transmisión sexual debe de ser otorgado y vigilado por un médico y se trata tanto al paciente como a su pareja sexual. No se deben de auto-recetar, debido a que si son tratadas de manera errónea pueden tener graves repercusiones.
El uso adecuado del condón es útil para prevenirlas.
Son causadas por virus, bacterias, hongos y otros gérmenes microscópicos.
Una persona infectada puede seguir propagando la enfermedad sin saber que lo hace, porque puede estar sin síntomas y la infección puede pasar desapercibida.
Atacan a personas de cualquier edad y sexo, pero los adolescentes y adultos jóvenes son los que están en mayor riesgo de contagiarse. Las más conocidas son:
- Tricomoniasis
- Clamidiasis
- Candidiasis o Moniliasis Vaginal
- Gonorrea o Blenorragia
- Sífilis
- Chancro blanco
- Herpes
- Condilomatosis
- Hepatitis virales
- VIH/SIDA
Si no se evitan o tratan rápidamente ocasionan esterilidad, enfermedades crónicas e incluso la muerte.
Las condiciones que favorecen su contagio son:
- Contacto sexual sin protección con personas infectadas.
- Recibir transfusiones con sangre no segura o no certificada.
- Uso de agujas contaminadas de personas infectadas.
- A través de la placenta de la madre enferma al feto o al recién nacido.
- Lactancia materna de una madre enferma de SIDA.
No es necesaria la penetración anal o vaginal para contagiarse, es suficiente el roce y tocamiento de los genitales para infectarse.
Antes de la eyaculación masculina existe salida de líquido preseminal que también es potencialmente infectante. Una persona puede tener dos o más enfermedades en un mismo momento de la vida.
El tratamiento de una enfermedad de transmisión sexual debe de ser otorgado y vigilado por un médico y se trata tanto al paciente como a su pareja sexual. No se deben de auto-recetar, debido a que si son tratadas de manera errónea pueden tener graves repercusiones.
El uso adecuado del condón es útil para prevenirlas.
COMO TRANFORMAR LA VIDA SOCIAL A UNA PERSONA EN EL EMBARAZO NO PLANEADO
¿Cómo transforma la vida social de una
persona el embarazo no planeado?.
El embarazo no planeado.
este se puede dar en diferentes etapas de la vida desde la adolescencia, asta en
los adultos y personas ya maduras. Para un embarazo no planeado no se necesita
una edad exacta puesto que un embarazo no planeado afecta muchas veces hasta a
las parejas mas estables. Ya que el simple hecho de no ser planeado altera las
cosas altera lo planes y las situaciones. Comúnmente y actualmente los embarazos
no planeados se dan mas en la adolescencia.
Muchas veces los
embarazos a temprana edad son dados entre los 14 y los 18 años que es la etapa
de la adolescencia donde comienzan los cambios y la necesidad de conocer de
experimentar, de sentir. En esta etapa el descuido la falta de información la
falta de cultura y de conciencia lleva a muchos adolescentes lleva a cometer
errores que muchas veces terminan en la consecuencia del embarazo
no planeado.
¿ Social mente afecta a
las personas el embarazo no planeado?
Si, Social mente el
embarazo no planeado afecta a cualquier persona de distintas maneras, con
discriminación, problemas, falta de cosas, y falta de oportunidades.
COMUNICACION ENTRE PADRE E HIJOS
| |||||
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
La violencia intrafamiliar es cualquier tipo de abuso de poder
de parte de un miembro de la familia sobre otro. Este abuso incluye maltrato
físico, psicológico o de cualquier otro tipo. Se considera que existe violencia
intrafamiliar en un hogar, si hay una actitud violenta repetitiva, no por un
solo hecho aislado.
La víctima de violencia intrafamiliar es cualquier persona
considerada cónyuge del agresor o que haya convivido de alguna manera con
él. Así, podría ser hacia un conviviente actual o ex pareja, entre padres de un
hijo común, o hacia un pariente consanguíneo hasta el tercer grado. Además, es
importante destacar que dentro de la violencia intrafamiliar están considerados
el maltrato infantil, la violencia hacia el adulto mayor, hacia minusválidos y
entre cónyuges. En este último tipo de maltrato el más común es de parte de los
hombres hacia las mujeres; sin embargo, existen también algunos casos de
violencia de mujeres hacia hombres.
Los tipos de actos considerados como parte de la violencia
intrafamiliar son golpes o incidentes graves, insultos, manejo económico,
amenazas, chantajes, control de actividades, abuso sexual, aislamiento,
prohibición de trabajar fuera de casa, abandono afectivo, humillación y no
respeto de opiniones. Todos estos tipos de maltratos se pueden clasificar en
físicos, si se atenta contra el cuerpo de la otra persona;
sicológicos, si existe el intento de causar miedo, la intimidación o
cualquier tipo de insulto, descalificación o intento de control;
sexuales, si hay un acto sexual impuesto o en contra de la voluntad de la
víctima; y económicos, si no se cubren las necesidades básicas de la
persona.
Se considera que si en una pareja o familia, con menos de cinco
años de convivencia, han habido al menos 3 ocasiones de agresión, esa pareja o
familia puede estar viviendo violencia intrafamiliar. Como una manera de
reconocer si una persona es violenta, se debe identificar si la persona no es
capaz de controlarse en una situación de diferencias de opinión. Si la persona
reacciona con gritos o golpes para defender su postura, entonces se puede hablar
de un agresor.
Los factores que se consideran como causas de que una persona
sea violenta, se asocian principalmente al aspecto sicológico y al social. El
agresor, generalmente no tiene capacidad de autocontrol y actúa
impulsivamente. Lo anterior puede deberse a experiencias infantiles de violencia
que dejaron secuelas en el individuo; también existe la posibilidad de que sea
causa de la presión social y el estrés. Los asuntos económicos también pueden se
una causa importante de tensión que genera violencia. Una teoría afirma que
cuando algunos hombres no son capaces de generar suficientes ingresos para
mantener a su familia, surge en ellos una actitud violenta para demostrar
hombría de esa manera, no habiendo podido hacerlo de la otra. Otra teoría
también expone que mientras más equilibrado sea el poder del hombre y de la
mujer en la familia, o el nivel de preparación de ambos, hay menos riesgos de
violencia intrafamiliar.
DISCRIMINACION
DISCRIMINACION DE EDAD:
La Ley Contra la Discriminación por Edad en el Empleo de 1967 (ADEA,tal su sigla en inglés) protege a aquellos individuos de 40 años de edad o más contra la discriminación en el empleo por razón de edad. Las protecciones de la ADEA se aplican tanto a empleados como también a solicitantes de empleo. Conforme a la ADEA, es ilegal discriminar contra una persona por su edad respecto de cualquier término, condición o privilegio del empleo, incluyendo la contratación, el despido, ascenso, suspensión, compensación, beneficios, asignaciones de tareas y entrenamiento.
También es ilegal tomar represalias contra un individuo por oponerse a prácticas de empleo discriminatorias por edad o por presentar una querella por discriminación, testificar o participar de algún modo en una investigación, proceso o juicio conforme a la ADEA.
La ADEA se aplica a patronos con 20 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal. Las protecciones de la ADEA incluyen:
Programas de Aprendizaje (en inglés)
Generalmente es ilegal para los programas de aprendizaje, incluyendo los programas de aprendizaje conjuntos de mano de obra-administración, discriminar por razón de la edad de un individuo. Los limites por edad en los programas de aprendizaje son válidos solamente si están incluidos dentro de ciertas excepciones señaladas en la ADEA, o si la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, tal su sigla en inglés) otorga una exención específica.
Avisos y Anuncios de Empleo
La ADEA generalmente considera ilegal incluir preferencias de edad, limitaciones o especificaciones en los avisos o anuncios de empleo. Un aviso o anuncio de empleo puede especificar un límite de edad solamente en circunstancias extrañas en las cuales se muestra que la edad es una “calificación ocupacional bona fide” (BFOQ, tal su sigla en inglés) la cual es razonablemente necesaria para el funcionamiento normal de la empresa.
Averiguaciones Pre-Empleo
La ADEA no prohíbe específicamente a un patrono que pregunte la edad o la fecha de nacimiento de un solicitante. No obstante, debido a que dichas averiguaciones pueden disuadir que los empleados de más edad soliciten el empleo o puedan indicar un posible intento de discriminar por edad, los pedidos de información sobre edad serán cuidadosamente analizados para asegurarse de que la averiguación se haga con un fin legal, y no con un fin prohibido por la ADEA.
DISCRIMINACION POR DISCAPACIDAD:
El Título I de la Ley de Americanos con Discapacidades de 1990 (en inglés) prohíbe a los patronos privados, los gobiernos estatales y locales, las agencias de empleo y los sindicatos de trabajadores discriminar contra individuos cualificados con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo y otros términos, condiciones y privilegios de empleo. La Ley de Americanos con Discapacidades (ADA, tal su sigla en inglés) cubre a los patronos con 15 o más empleados, incluyendo los gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales. Las medidas antidscriminación de la ADA también se aplican a los empleados del sector federal, conforme al artículo 501 de la Ley de Rehabilitación, según enmendada, y sus reglas de implementación.
Un individuo con discapacidad es una persona que:
Un empleado cualificado o solicitante de empleo con una discapacidad es un individuo que, con o sin acomodo razonable, puede realizar las funciones esenciales del empleo en cuestión. Los acomodos razonables pueden incluir, sin limitación:
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (en inglés) protege a los individuos contra la discriminación en el empleo por razón de raza y color, así como por origen nacional, sexo y religión. El Título VII aplica a patronos con 15 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal.
Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su raza o color en relación con la contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe que se tomen decisiones relacionadas con el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o rendimiento de individuos pertenecientes a ciertos grupos raciales. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a las minorías y las cuales no están relacionadas con el trabajo.
No se puede negar la igualdad en las oportunidades de empleo por razón de matrimonio o asociación con un individuo de raza diferente, por ser miembro de o estar relacionado con organizaciones o grupos étnicos específicos, o por asistir o participar en escuelas o lugares de culto asociados generalmente con ciertos grupos minoritarios.
Las violaciones al Título VII incluyen:
La discriminación basado en una característica asociada con la raza, como el color de la piel, la textura del cabello o ciertos rasgos faciales, va en contra del Título VII aunque no todos los miembros de la raza compartan las mismas características. El Título VII también prohíbe la discriminación por una condición que afecta predominantemente a una raza a menos que la práctica esté relacionada con el trabajo y sea consistente con la necesidad de la empresa. Por ejemplo, la anemia drepanocítica se presenta predominantemente en los afroamericanos, así que una política que excluya a los individuos con anemia drepanocítica debe estar relacionada con el trabajo y ser consistente con la necesidad de la empresa. De la misma manera, una política de empleados “sin barba” puede discriminar contra los afroamericanos, que tienen predisposición a la pseudofoliculitis barbae (severas protuberancias al afeitarse) a menos que la política esté relacionada con el trabajo y sea consistente con la necesidad de negocio de la empresa.
DISCRIMINACION POR RAZÓN AL SEXO
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (en inglés) protege a los individuos contra la discriminación en el empleo por razón de sexo, así como también por raza, color, origen nacional y religión. El Título VII aplica a patronos con 15 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal.
Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su sexo en relación con la contratación, despido, promoción, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe las decisiones sobre el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o el rendimiento de los individuos en base al sexo. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a los individuos por el sexo y que no están relacionadas con el trabajo.
Las prohibiciones del Título VII contra la discriminación por sexo también cubren:
La discriminación por origen nacional significa tratar a alguien de manera menos favorable porque él o ella provienen de un lugar en particular, por su grupo étnico o acento o porque se cree que tienen antecedentes étnicos particulares. La discriminación por origen nacional también significa tratar a alguien de manera menos favorable en el trabajo debido a su matrimonio u otra relación con alguien de una nacionalidad en particular. Ejemplos de violaciones cubiertas por el Título VII incluyen:
DISCRIMINACION POR RELIGION:
La Ley Contra la Discriminación por Edad en el Empleo de 1967 (ADEA,tal su sigla en inglés) protege a aquellos individuos de 40 años de edad o más contra la discriminación en el empleo por razón de edad. Las protecciones de la ADEA se aplican tanto a empleados como también a solicitantes de empleo. Conforme a la ADEA, es ilegal discriminar contra una persona por su edad respecto de cualquier término, condición o privilegio del empleo, incluyendo la contratación, el despido, ascenso, suspensión, compensación, beneficios, asignaciones de tareas y entrenamiento.
También es ilegal tomar represalias contra un individuo por oponerse a prácticas de empleo discriminatorias por edad o por presentar una querella por discriminación, testificar o participar de algún modo en una investigación, proceso o juicio conforme a la ADEA.
La ADEA se aplica a patronos con 20 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal. Las protecciones de la ADEA incluyen:
Programas de Aprendizaje (en inglés)
Generalmente es ilegal para los programas de aprendizaje, incluyendo los programas de aprendizaje conjuntos de mano de obra-administración, discriminar por razón de la edad de un individuo. Los limites por edad en los programas de aprendizaje son válidos solamente si están incluidos dentro de ciertas excepciones señaladas en la ADEA, o si la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, tal su sigla en inglés) otorga una exención específica.
Avisos y Anuncios de Empleo
La ADEA generalmente considera ilegal incluir preferencias de edad, limitaciones o especificaciones en los avisos o anuncios de empleo. Un aviso o anuncio de empleo puede especificar un límite de edad solamente en circunstancias extrañas en las cuales se muestra que la edad es una “calificación ocupacional bona fide” (BFOQ, tal su sigla en inglés) la cual es razonablemente necesaria para el funcionamiento normal de la empresa.
Averiguaciones Pre-Empleo
La ADEA no prohíbe específicamente a un patrono que pregunte la edad o la fecha de nacimiento de un solicitante. No obstante, debido a que dichas averiguaciones pueden disuadir que los empleados de más edad soliciten el empleo o puedan indicar un posible intento de discriminar por edad, los pedidos de información sobre edad serán cuidadosamente analizados para asegurarse de que la averiguación se haga con un fin legal, y no con un fin prohibido por la ADEA.
DISCRIMINACION POR DISCAPACIDAD:
El Título I de la Ley de Americanos con Discapacidades de 1990 (en inglés) prohíbe a los patronos privados, los gobiernos estatales y locales, las agencias de empleo y los sindicatos de trabajadores discriminar contra individuos cualificados con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo y otros términos, condiciones y privilegios de empleo. La Ley de Americanos con Discapacidades (ADA, tal su sigla en inglés) cubre a los patronos con 15 o más empleados, incluyendo los gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales. Las medidas antidscriminación de la ADA también se aplican a los empleados del sector federal, conforme al artículo 501 de la Ley de Rehabilitación, según enmendada, y sus reglas de implementación.
Un individuo con discapacidad es una persona que:
- tiene una discapacidad físico o mental que lo limita substancialmente en una o más de las actividades principales del diario vivir;
- tiene un historial de dicho discapacidad, o
- es considerada o atendida como una persona con tal discapacidad
Un empleado cualificado o solicitante de empleo con una discapacidad es un individuo que, con o sin acomodo razonable, puede realizar las funciones esenciales del empleo en cuestión. Los acomodos razonables pueden incluir, sin limitación:
- Convertir las instalaciones existentes utilizadas por los empleados en fácilmente accesibles y utilizables para las personas con discapacidades.
- Reestructuración de la tarea, modificación de los planes de trabajo, reasignación a un puesto vacante.
- Adquirir o modificar equipos o dispositivos, ajustar o modificar los exámenes, los materiales de entrenamiento y proveer lectores o intérpretes calificados.
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (en inglés) protege a los individuos contra la discriminación en el empleo por razón de raza y color, así como por origen nacional, sexo y religión. El Título VII aplica a patronos con 15 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal.
Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su raza o color en relación con la contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe que se tomen decisiones relacionadas con el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o rendimiento de individuos pertenecientes a ciertos grupos raciales. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a las minorías y las cuales no están relacionadas con el trabajo.
No se puede negar la igualdad en las oportunidades de empleo por razón de matrimonio o asociación con un individuo de raza diferente, por ser miembro de o estar relacionado con organizaciones o grupos étnicos específicos, o por asistir o participar en escuelas o lugares de culto asociados generalmente con ciertos grupos minoritarios.
Las violaciones al Título VII incluyen:
- Características y Condiciones Relacionadas con la Raza
La discriminación basado en una característica asociada con la raza, como el color de la piel, la textura del cabello o ciertos rasgos faciales, va en contra del Título VII aunque no todos los miembros de la raza compartan las mismas características. El Título VII también prohíbe la discriminación por una condición que afecta predominantemente a una raza a menos que la práctica esté relacionada con el trabajo y sea consistente con la necesidad de la empresa. Por ejemplo, la anemia drepanocítica se presenta predominantemente en los afroamericanos, así que una política que excluya a los individuos con anemia drepanocítica debe estar relacionada con el trabajo y ser consistente con la necesidad de la empresa. De la misma manera, una política de empleados “sin barba” puede discriminar contra los afroamericanos, que tienen predisposición a la pseudofoliculitis barbae (severas protuberancias al afeitarse) a menos que la política esté relacionada con el trabajo y sea consistente con la necesidad de negocio de la empresa.
DISCRIMINACION POR RAZÓN AL SEXO
El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (en inglés) protege a los individuos contra la discriminación en el empleo por razón de sexo, así como también por raza, color, origen nacional y religión. El Título VII aplica a patronos con 15 o más empleados, incluyendo gobiernos estatales y locales. También aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales, así como al gobierno federal.
Es ilegal discriminar contra cualquier empleado o solicitante de empleo debido a su sexo en relación con la contratación, despido, promoción, compensación, entrenamiento para el empleo, o cualquier otro término, condición o privilegio de empleo. El Título VII también prohíbe las decisiones sobre el empleo basadas en estereotipos y presunciones sobre las capacidades, rasgos o el rendimiento de los individuos en base al sexo. El Título VII prohíbe tanto la discriminación intencional como las políticas de empleo neutrales que excluyen de manera desproporcionada a los individuos por el sexo y que no están relacionadas con el trabajo.
Las prohibiciones del Título VII contra la discriminación por sexo también cubren:
- Hostigamiento Sexual
Esto incluye las prácticas que van desde los pedidos directos de favores
sexuales hasta las condiciones del lugar de trabajo que crean un ambiente hostil
para las personas de cualquiera de los géneros, incluyendo el acoso de parte del
mismo sexo.
- Discriminación por Embarazo
La discriminación por origen nacional significa tratar a alguien de manera menos favorable porque él o ella provienen de un lugar en particular, por su grupo étnico o acento o porque se cree que tienen antecedentes étnicos particulares. La discriminación por origen nacional también significa tratar a alguien de manera menos favorable en el trabajo debido a su matrimonio u otra relación con alguien de una nacionalidad en particular. Ejemplos de violaciones cubiertas por el Título VII incluyen:
- Decisiones de Empleo
El Título VII prohíbe que se tome cualquier decisión, incluyendo reclutamiento, contratación, despido o suspensión, en base al origen nacional. - Hostigamiento
El Título VII prohíbe la conducta ofensiva, así como las difamaciones étnicas que crean un ambiente de trabajo hostil basado en el origen nacional. Se requiere que los patronos tomen las medidas necesarias para impedir y corregir el hostigamiento ilegal. De manera similar, los empleados son responsables de informar sobre el hostigamiento en una etapa temprana para impedir su aumento. - Idioma
- Discriminación por el acento
Un patrono no puede basar su decisión de empleo basada en el acento extranjero de un empleado a menos que el acento interfiera materialmente con el desempeño del empleado en su trabajo. - Inglés fluido
El requisito de fluidez sólo se permite si es necesario para el funcionamiento efectivo del puesto para el cual se impone. - Reglas de Solo Inglés
Las reglas de solo inglés deben adoptarse por razónes de no discriminatorias. Una regla de solo inglés se puede usar si es necesaria para promover el funcionamiento seguro u eficiente de la empresa.
- Discriminación por el acento
DISCRIMINACION POR RELIGION:
- Los patronos no pueden favorecer o no favorecer a los empleados o solicitantes de empleo debido a sus creencias o prácticas religiosas. Por ejemplo, un patrono no puede negarse a contratar a individuos de determinada religión, no puede imponer requisitos de ascensos más estrictos para las personas de una determinada religión, y no puede imponer más requisitos de trabajo o requisitos diferentes debido a las creencias o prácticas religiosas de un empleado.
- No se puede obligar a los empleados a participar, o a no participar, en una actividad religiosa como una condición para el empleo.
- Los patronos deben proveer acomodo razonable a las creencias o prácticas religiosas practicadas por los empleados a menos que hacer esto impusiera una carga onerosa al patrono. Un acomodo religioso razonable es cualquier ajuste al ambiente de trabajo que permitirá que el empleado practique su religión. Un horario flexible, las sustituciones o cambios voluntarios, las reasignaciones de tareas, transferencias laterales y modificaciones de las prácticas en el lugar de trabajo, políticas y/o procedimientos son ejemplos de cómo un patrono podría ajustar las creencias religiosas de un empleado.
- No se requiere que un patrono provea acomodo razonable a las creencias y prácticas religiosas de un empleado si hacerlo impusiese una carga onerosa sobre sus intereses empresariales legítimos. Un patrono puede mostrar una carga excesiva si el acomodo a las prácticas religiosas de un empleado requiere más que gastos administrativos comunes, disminuye la eficiencia en otros trabajos, viola los derechos o beneficios laborales de otros empleados, trastorna la seguridad del lugar de trabajo, hace que los compañeros de trabajo carguen la parte del ajuste del empleado de trabajo riesgoso o forzado, o si el ajuste propuesto entra en conflicto con otra ley o reglamento.
- Los patronos deben permitir que los empleados se involucren en la expresión religiosa si se permite a los empleados involucrarse en otras expresiones personales en el trabajo, a menos que la expresión religiosa impusiera una carga onerosa al patrono. En consecuencia, un patrono no puede imponer más restricciones a la expresión religiosa que a otras formas de expresión que tienen un efecto comparable sobre la eficiencia del lugar de trabajo.
- Los patronos deben tomar medidas para impedir el hostigamiento religioso de sus empleados. Un patrono puede reducir la posibilidad de que los empleados se involucren en hostigamiento religioso ilegal por medio de la implementación de una política antihostigamiento y de un procedimiento efectivo para informar, investigar y corregir la conducta de hostigamiento.
VIOLENCIA CONTRA MUJERES
La violencia contra la mujer es todo tipo de violencia ejercida contra la mujer por su condición de mujer. Esta violencia es consecuencia de la histórica posición de la mujer en la familia patriarcal, subordinada al varón, carente de plenos derechos como persona.[1] La violencia contra la mujer presenta numerosas facetas que van desde la discriminación y el menosprecio hasta la agresión física o psicológica y el asesinato. Produciéndose en muy diferentes ámbitos (familiar, laboral, formativo,..), adquiere especial dramatismo en el ámbito de la pareja y doméstico, anualmente decenas o cientos de mujeres son asesinadas a manos de sus parejas en diferentes países del mundo.[2]
En la actualidad, Estados, organizaciones internacionales y muy diferentes colectivos, fundamentalmente feministas, destinan numerosos esfuerzos para erradicarla. Kofi Annan, en su condicción de secretario general de las Naciones Unidas (hoy ya ex secretario), en numerosas ocasiones, mostró su preocupación y la de las Naciones Unidas: «La violencia contra la mujer tiene un alcance mundial y se presenta en todas las sociedades y culturas, afectando a la mujer sin importar su raza, etnia, origen social, riqueza, nacionalidad o [...] condición».[4]
Al menos una de cada tres mujeres en el mundo ha padecido a lo largo de su vida un acto de violencia de género (maltrato, violación, abuso, acoso,…) Desde diversos organismos internacionales se ha resaltado que este tipo de violencia es la primera causa de muerte o invalidez para las mujeres entre 15 y 44 años.Las Naciones Unidas en su 85ª sesión plenaria, el 20 de diciembre de 1993, ratificó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, en la que se la reconoce como un grave atentado contra los derechos humanos e «insta a que se hagan todos los esfuerzos posibles para que sea [la declaración] universalmente conocida y respetada». Define la violencia contra la mujer en su primer artículo:
Raquel Osborne.[3]
A los efectos de la presente Declaración, por "violencia contra la mujer" se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.Las Naciones Unidas, en 1999, a propuesta de la República Dominicana con el apoyo de 60 países más, aprobó declarar el 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. En Canadá se celebra el Día nacional del recuerdo por las víctimas de la violencia contra la mujer el 6 de diciembre, en conmemoración de la masacre de la Escuela Politécnica de Montreal.
En la actualidad, Estados, organizaciones internacionales y muy diferentes colectivos, fundamentalmente feministas, destinan numerosos esfuerzos para erradicarla. Kofi Annan, en su condicción de secretario general de las Naciones Unidas (hoy ya ex secretario), en numerosas ocasiones, mostró su preocupación y la de las Naciones Unidas: «La violencia contra la mujer tiene un alcance mundial y se presenta en todas las sociedades y culturas, afectando a la mujer sin importar su raza, etnia, origen social, riqueza, nacionalidad o [...] condición».[4]
lunes, 5 de noviembre de 2012
VILOENCIA CONTRA ANCIANOS
En los años 60 se reconocía el abandono y abuso infantil y en los años 70 el fenómeno del maltrato conyugal salió a la luz pública. De forma más tímida, a lo largo de estos 20 últimos años se comenzó a tratar el tema de “Los malos tratos y el abandono en los ancianos”, reconociéndose que ellos también constituyen una población de alto riesgo para recibir este tipo de abusos.
Hoy en día estos casos se consideran un grave problema social, con raíces culturales y psicológicas. No importa el nivel económico ni educativo de quien lo ejerce o lo padece.
Desde que se comenzó a investigar sobre esta clase de abusos han ido cambiando algunos conceptos:
No todos los agresores son personas con problemas patológicos, pueden ser personas con el resto de sus conductas no muy desviadas de la norma.
En contra a lo anterior, si existen algunas investigaciones que indican que los agresores de ancianos pueden presentar psicopatologías más graves que los agresores de otros colectivos. (Finkelkor y Pillemer 1987 ; Wolf 1986)
Se rechaza ya la creencia de culpar solo a la persona mayor de su situación de maltrato y/o abandono
Por lo que se están concentrando las acciones en hacer al agresor responsable de sus propias acciones aunque, por el momento, no existan muchos programas dirigidos para aquellos sujetos que hayan maltratado ancianos ni tampoco se hayan desarrollado teorías terapéuticas al respecto.
4. Hasta ahora para la mayoría de las personas era muy difícil comprender que estos hechos podían darse en la propia familia. Lo asociaban solo a instituciones residenciales.
En los últimos años se ha percibido un aumento de los casos de violencia física y psicológica hacia los colectivos más débiles, entre ellos la población de más de 65 años, sector muy importante en la sociedad actual y que se verá incrementado en los próximos años.
Este clima de inseguridad afecta a nuestra calidad de vida y vulnera los derechos fundamentales de las personas, por lo que la sociedad debe poner los medios necesarios al objeto de poder evitar estos abusos.
Los gobiernos deberán reforzar los sistemas oficiales y no oficiales de apoyo y seguridad y eliminar la discriminación y la violencia contra las personas mayores.
Hoy en día estos casos se consideran un grave problema social, con raíces culturales y psicológicas. No importa el nivel económico ni educativo de quien lo ejerce o lo padece.
Desde que se comenzó a investigar sobre esta clase de abusos han ido cambiando algunos conceptos:
Por lo que se están concentrando las acciones en hacer al agresor responsable de sus propias acciones aunque, por el momento, no existan muchos programas dirigidos para aquellos sujetos que hayan maltratado ancianos ni tampoco se hayan desarrollado teorías terapéuticas al respecto.
4. Hasta ahora para la mayoría de las personas era muy difícil comprender que estos hechos podían darse en la propia familia. Lo asociaban solo a instituciones residenciales.
En los últimos años se ha percibido un aumento de los casos de violencia física y psicológica hacia los colectivos más débiles, entre ellos la población de más de 65 años, sector muy importante en la sociedad actual y que se verá incrementado en los próximos años.
Este clima de inseguridad afecta a nuestra calidad de vida y vulnera los derechos fundamentales de las personas, por lo que la sociedad debe poner los medios necesarios al objeto de poder evitar estos abusos.
Los gobiernos deberán reforzar los sistemas oficiales y no oficiales de apoyo y seguridad y eliminar la discriminación y la violencia contra las personas mayores.
MIGRACIÓN
Se denomina migración a todo desplazamiento de la población (humana o animal) que se produce desde un lugar de origen a otro destino y lleva consigo un cambio de la residencia habitual en el caso de las personas o del hábitat en el caso de las especies animales migratorias. De acuerdo con lo anterior existirán dos tipos de migraciones: migraciones humanas y animales. Las migraciones de seres humanos se estudian tanto por la Demografía como por la Geografía de la población. Y las de especies animales se estudian en el campo de la Biología (Zoología), de la Biogeografía y en el de la Ecología. Los artículos que se pueden consultar al respecto son:
- Migración humana, que presenta dos enfoques: el de la emigración, desde el punto de vista del lugar o país de donde sale la población; y el de la inmigración, desde el punto de vista del lugar o país a donde llegan los "migrantes".
- Migración animal, desplazamientos periódicos, estacionales o permanentes, de especies animales, de un hábitat a otro.
lunes, 8 de octubre de 2012
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
La violencia intrafamiliar es cualquier tipo de abuso de poder
de parte de un miembro de la familia sobre otro. Este abuso incluye maltrato
físico, psicológico o de cualquier otro tipo. Se considera que existe violencia
intrafamiliar en un hogar, si hay una actitud violenta repetitiva, no por un
solo hecho aislado.
La víctima de violencia intrafamiliar es cualquier persona
considerada cónyuge del agresor o que haya convivido de alguna manera con
él. Así, podría ser hacia un conviviente actual o ex pareja, entre padres de un
hijo común, o hacia un pariente consanguíneo hasta el tercer grado. Además, es
importante destacar que dentro de la violencia intrafamiliar están considerados
el maltrato infantil, la violencia hacia el adulto mayor, hacia minusválidos y
entre cónyuges. En este último tipo de maltrato el más común es de parte de los
hombres hacia las mujeres; sin embargo, existen también algunos casos de
violencia de mujeres hacia hombres.
Los tipos de actos considerados como parte de la violencia
intrafamiliar son golpes o incidentes graves, insultos, manejo económico,
amenazas, chantajes, control de actividades, abuso sexual, aislamiento,
prohibición de trabajar fuera de casa, abandono afectivo, humillación y no
respeto de opiniones. Todos estos tipos de maltratos se pueden clasificar en
físicos, si se atenta contra el cuerpo de la otra persona;
sicológicos, si existe el intento de causar miedo, la intimidación o
cualquier tipo de insulto, descalificación o intento de control;
sexuales, si hay un acto sexual impuesto o en contra de la voluntad de la
víctima; y económicos, si no se cubren las necesidades básicas de la
persona.
MEDIOS DE COMUNICACION
En principio, los medios de comunicación son los instrumentos mediante los cuales se informa y se comunica de manera masiva en la sociedad contemporánea. Por medio de ellos, los individuos, miembros naciones o comunidades específicas, se enteran de lo que sucede a nivel económico, político, social, etc., tanto en su contexto más inmediato como en el contexto global.
Por otro lado, los medios de comunicación son la representación física de la comunicación en nuestro mundo; es decir, son el canal mediante el cual la información se obtiene, se procesa y, finalmente, se materializa, se expresa y se comunica. Actualmente, las redes globales, nacionales y regionales de prensa, radio, televisión y medios virtuales, son las plataformas en las que se realiza esta materialización y se establece el vínculo directo con la sociedad.
IGLESIAS
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El término ecclesĭa, cuyo origen se remonta a un vocablo griego que significa “asamblea”, permite nombrar al templo cristiano. Se trata de la edificación donde se desarrollan servicios religiosos públicos y se presentan imágenes o reliquias que son adoradas por los fieles. Por ejemplo: “Todos los domingos por la mañana voy a la iglesia a pedir por la salud de mi madre” , “Nos vemos esta tarde en la puerta de la iglesia”.
La iglesia suele ser denominada como la “casa de Dios” ya que, si bien éste es omnipresente, es en los templos donde la comunidad cristiana se reúne a orar y a participar de rituales como la misa. Abadía, basílica, catedral, capilla, convento, monasterio y parroquia son diferentes nociones vinculadas a los tipos de iglesia o templos.
La palabra iglesia también permite nombrar a la congregación de los fieles cristianos, al conjunto del clero y el pueblo de un territorio donde el cristianismo tiene adeptos, al gobierno eclesiástico general (la Iglesia católica) y a las comunidades cristianas que autodefinen como iglesia (la iglesia anglicana, la iglesia luterana, etc.).
Como comunidad en general, la iglesia es el conjunto de todos los cristianos que han recibido el sacramento del bautismo (y, por lo tanto, son reconocidos como hijos de Dios). Los miembros de la iglesia creen en Cristo como salvador y mesías.
La Iglesia católica se sostiene en la sucesión apostólica desde el apóstol Pedro hasta el Papa actual (Benedicto XVI). Los protestantes, en cambio, niegan el valor de la tradición apostólica.
Como comunidad en general, la iglesia es el conjunto de todos los cristianos que han recibido el sacramento del bautismo
La Iglesia católica se sostiene en la sucesión apostólica desde el apóstol Pedro hasta el Papa actual (Benedicto XVI). Los protestantes, en cambio, niegan el valor de la tradición apostólica.
AGRUPACIONES
Agrupación es la acción y efecto de agrupar (reunir en grupo, apiñar). La agrupación, por lo tanto, es el conjunto de personas o cosas agrupadas. Por ejemplo: “Una agrupación de izquierda revolucionaria se adjudicó el atentado contra el banco”, “Mira esa curiosa agrupación de pájaros que vuela sobre la laguna”, “La agrupación de ramas en la calle tapó la alcantarilla y produjo una inundación”.
Existen varios términos que, de acuerdo al contexto, pueden utilizarse como sinónimos de agrupación. Colectividad (un grupo de personas reunidas para un fin o por compartir una característica en común) o colectivo (agrupación social cuyos integrantes trabajan en conjunto por el cumplimiento de un objetivo) son algunos de estos conceptos.
Por lo general, la colectividad se asocia con un origen común (ya sea religioso o nacional), mientras que el colectivo refiere a una unidad de personas con una misma problemática. El colectivo suele tener una participación política activa, con reclamos de derechos y diversos pedidos a las autoridades. En el caso de las agrupaciones, pueden tratarse de reuniones espontáneas (como objetos que se juntan por acción de la naturaleza) o de grupos constituidos para un fin (una agrupación política).
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